La Comunidad de Madrid entregará una nueva ayuda a las mujeres embarazadas menores de 30 años. La cifra asciende a 500 euros mensuales para mujeres que estén embarazadas, hayan dado a luz o adoptado a un niño. La prestación, destinada a fomentar la natalidad, se puede solicitar desde el quinto mes de embarazo hasta los 24 meses del bebé y garantizará un gran apoyo económico durante los primeros meses de vida. Este importe económico está regulado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de diciembre de 2021 y sus modificaciones posteriores. La resolución de la misma se comunicará en un período no superior a tres meses. Esta ayuda está orientada a todas las mujeres que residan en la Comunidad de Madrid y cumplan una serie de requisitos.
Requisitos para obtener la ayuda
Hay una serie de objetivos básicos que se deben cumplir para optar a las ayudas económicas establecidas por la Comunidad de Madrid. En primer lugar, deben ser ciudadanas españolas o extranjeras con residencia legal en España. Además, la mujer que lo solicite debe ser menor de 30 años en el momento de la solicitud y estar empadronada en la Comunidad de Madrid con, al menos, cinco años de anterioridad. En cuanto al nivel de la renta, no deben superar los 30.000 euros anuales si la renta es de carácter individual, o los 36.200 euros anuales para toda la unidad familiar.
Cabe destacar que la ayuda económica estará disponible para mujeres en tres tipos de circunstancias: gestación, nacimiento o adopción. En los tres casos, la ayuda se mantendrá desde el momento de la solicitud hasta los 24 meses del bebé. Si se trata de un parto múltiple, la ayuda contendrá 500 euros adicionales por cada miembro.
Hasta 500 euros mensuales
La ayuda tiene un importe de 500 euros al mes por hijo. El recurso se abonará desde el mes en el que se presente la solicitud hasta que el bebé alcance los 24 meses de edad. Para acceder a esta ayuda, se debe presentar la solicitud dentro del plazo anual. La Comunidad de Madrid ofrece la posibilidad de ejercer la solicitud de forma electrónica, por medio de los canales habilitados del ejecutivo, o bien de forma presencial en las oficinas correspondientes.
Es importante recordar que la resolución sobre la concesión o denegación se comunicará dentro de un plazo de 3 meses desde la presentación de la solicitud. Todo ello, con la intención de que las familias puedan planificar los gastos e ingresos de cara a la llegada de un nuevo miembro a la familia.
Esta dotación económica es compatible con otras prestaciones sociales que puedan estar recibiendo las mujeres solicitantes. Esto puede ser beneficioso para aquellas que ya perciban otras ayudas y necesiten un apoyo extra durante el proceso de gestación, nacimiento o adopción.